En el ámbito penal, la evaluación psicológica pericial requiere considerar el funcionamiento del imputado en relación con los interrogantes planteados y con las particularidades de cada caso. No todas las evaluaciones requieren las mismas herramientas ni deben explorar necesariamente las mismas dimensiones. En determinadas circunstancias, los elementos que surgen de la causa, de la entrevista o de la propia evaluación pueden plantear la necesidad de ampliar el estudio hacia aspectos específicos del funcionamiento cognitivo. Es allí donde puede resultar pertinente considerar la incorporación de una evaluación neuropsicológica como parte de una evaluación pericial más amplia. Su inclusión no debería responder exclusivamente a la edad del imputado, al tipo de delito investigado o a una característica aislada de su conducta. Su pertinencia dependerá de la existencia de elementos que, considerados en conjunto, justifiquen profundizar la exploración de determinadas funciones neurocognitivas. Dentro de esas situaciones pueden encontrarse algunos casos en los que se advierte una modificación significativa respecto del funcionamiento previo de una persona. Esto puede adquirir particular interés en la adultez mayor, especialmente cuando determinados comportamientos aparecen tardíamente o resultan discordantes con una trayectoria previa conocida. Es entonces cuando puede formularse un interrogante: ¿Su funcionamiento cognitivo, ejecutivo y conductual continuaba siendo el mismo que había sostenido hasta entonces? La pregunta plantea la necesidad de considerar si, por las características particulares del caso, existe una dimensión del funcionamiento del imputado que merece ser explorada con mayor profundidad. Cuando la conducta constituye un cambio La historia previa del imputado puede adquirir aquí un valor particularmente importante. El hecho deberá ser investigado y reconstruido a partir de todas las evidencias disponibles. Sin embargo, desde el punto de vista pericial puede aparecer una pregunta adicional: ¿Estamos frente a una conducta aislada o existen otros cambios que comenzaron a producirse en esa persona? Para intentar responder este interrogante resulta importante no limitar la evaluación al funcionamiento que el imputado presenta al momento del examen. Puede ser necesario reconstruir cómo se desenvolvía previamente y si, en un período cercano al hecho, comenzaron a aparecer modificaciones en su comportamiento, en su manera de relacionarse, en la toma de decisiones o en la regulación de sus respuestas. En este sentido, adquiere especial relevancia toda aquella información que permita reconstruir su funcionamiento previo y advertir la eventual existencia de modificaciones respecto de su manera habitual de desenvolverse. Estos elementos, considerados retrospectivamente y en conjunto con las demás evidencias, pueden justificar una exploración más profunda. ¿Qué lugar puede ocupar la evaluación neuropsicológica? Aquí es donde la evaluación neuropsicológica puede adquirir valor como parte de una evaluación pericial más amplia. Su utilidad consiste en explorar diferentes dominios cognitivos y, particularmente, aquellas funciones que intervienen en la organización y regulación de la conducta. Entre ellas pueden encontrarse la atención, la memoria, el razonamiento, la flexibilidad cognitiva, la planificación, la capacidad de inhibición, la resolución de problemas y la posibilidad de anticipar y valorar consecuencias. La evaluación permite explorar, entonces, cómo la persona organiza su conducta, cómo toma decisiones, cómo responde frente a situaciones complejas y qué recursos conserva para regular sus propias acciones. La importancia de reconstruir el cambio Una evaluación realizada después del hecho permite conocer fundamentalmente cómo funciona la persona al momento del examen. Sin embargo, cuando se intenta explorar la posible existencia de modificaciones en su funcionamiento, resulta necesario reconstruir también cómo funcionaba antes del hecho y cuál fue su evolución. En este análisis adquiere importancia conocer si existen antecedentes médicos, neurológicos o psiquiátricos; si se habían producido modificaciones en su comportamiento cotidiano; y si personas de su entorno habían comenzado a advertir cambios respecto de su manera habitual de desenvolverse. Por ello, la entrevista, las técnicas neuropsicológicas, los antecedentes médicos y la información disponible en la causa deben ser considerados de manera integrada. También resulta necesario atender al contexto en el que se produjo el hecho, los vínculos previos y las características de las relaciones entre las personas implicadas, evitando analizar los hallazgos neurocognitivos de manera aislada. La comparación entre el funcionamiento previo y el actual puede convertirse, así, en un elemento central de la evaluación. Ampliar la pregunta Frente a determinadas conductas que, por su aparición y características, resultan difíciles de comprender a partir de la trayectoria previa del imputado, quizás no alcance con preguntarnos qué sucedió. Puede ser necesario ampliar el interrogante: ¿Existieron cambios en el funcionamiento cognitivo, ejecutivo o conductual de esa persona que también deban ser explorados? Incorporar, cuando el caso lo justifica, una evaluación neuropsicológica dentro de la pericia psicológica supone asegurarse de que una dimensión potencialmente relevante del funcionamiento del imputado no quede sin explorar. En definitiva, ante una conducta que parece romper significativamente con la historia de una persona, la primera conclusión no debería ser necesariamente diagnóstica. Puede ser, simplemente, una nueva pregunta.
La necesidad de ampliar la evaluación en determinadas pericias psicológicas penales: el aporte de la evaluación neuropsicológica
En el ámbito penal, la evaluación psicológica pericial requiere considerar el funcionamiento del imputado en relación con los interrogantes planteados y con las particularidades de cada caso.
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